Imagine que en la bandeja del Buzón Tributario de su empresa aparece una notificación donde la autoridad fiscal señala que uno de sus proveedores habituales de servicios de consultoría o mantenimiento fue publicado en el listado definitivo del artículo 69-B del CFF. El mensaje es contundente: dispone de un plazo improrrogable para demostrar que las operaciones amparadas en esos comprobantes fiscales realmente existieron o, de lo contrario, corregir su situación fiscal pagando los impuestos omitidos con recargos y actualizaciones.
Esta fiscalización acelerada (conocida operativamente como auditoría exprés del SAT) no surge de una visita domiciliaria tradicional que toma meses, sino de cruzamientos automáticos de datos que detectan diferencias entre los CFDIs emitidos, las declaraciones presentadas y los listados de contribuyentes no localizados o sin infraestructura.
¿Cómo funciona esta auditoría bajo el marco legal?
De acuerdo con el octavo párrafo del artículo 69-B del CFF, las personas físicas o morales que hayan dado efecto fiscal a los comprobantes expedidos por un proveedor incluido en el listado definitivo contarán con un plazo de 30 días hábiles —contados a partir de la notificación o publicación— para acreditar ante la autoridad la efectiva prestación del servicio o la adquisición de los bienes.
Si la empresa no atiende el requerimiento dentro de este lapso, el SAT procede a aplicar facultades de comprobación o a restringir temporalmente el Certificado de Sello Digital (CSD) con base en el artículo 17-H Bis, fracción X del CFF, lo que paraliza de inmediato la facturación y la operación comercial de la compañía.
Checklist de materialidad ante una auditoría exprés del SAT
Para desvirtuar las observaciones de la autoridad durante una auditoría exprés del SAT, no basta con exhibir la factura electrónica y el comprobante de pago bancario. La autoridad exige documentar la «materialidad» del acto. Recomendamos integrar un expediente con los siguientes elementos:
- Entregables técnicos y operativos: Reportes de trabajo, bitácoras de servicio, correos electrónicos de seguimiento y minutas de trabajo firmadas por ambas partes.
- Evidencia de capacidad del proveedor: Fotografías, registros de entrada de personal a sus instalaciones y contratos con entregables claramente delimitados.
- Traza financiera y logística: Órdenes de compra, guías de embarque (en su caso) y estados de cuenta donde se identifique el flujo del pago.