Obligación Fiscal de Controles Volumétricos

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El SAT establece que dentro de la información que contengan dichos reportes se debe contemplar los registros de volumen de entrada, salida y existencia de hidrocarburos y petrolíferos asociados a los comprobantes fiscales digitales por internet o pedimentos...
obligación fiscal de controles volumétricos

A partir del 1ero de enero de 2022, las empresas que distribuyan con fines comerciales o almacenen hidrocarburos para su consumo propio, están obligadas a presentar reportes de controles volumétricos. El SAT establece que dentro de la información que contengan dichos reportes se debe contemplar los registros de volumen de entrada, salida y existencia de hidrocarburos y petrolíferos asociados a los comprobantes fiscales digitales por internet o pedimentos.

El objetivo principal de esta obligación fiscal radica en asegurar el pago correcto de contribuciones en la cadena productiva de hidrocarburos y petrolíferos, y como consecuencia, reducir el mercado ilícito de combustibles que ha proliferado en nuestro país desde hace algunos años.

El Servicio de Administración Tributaria, también señala la necesidad de que el contribuyente cuente con un tercero que proporcione sistemas informáticos que garanticen la seguridad de la información al ejercer dichos reportes, ya que la información relacionada a estos inventarios no debe ser manipulada a voluntad.

 

Es importante señalar que el hecho de no contar con un permiso de la CRE no exime del cumplimiento de presentar los reportes de controles volumétricos, sin importar que se haya solicitado con anterioridad y la Comisión no lo haya otorgado debido a algún atraso.

Una revisión adecuada de las disposiciones normativas para establecer la aplicabilidad de la obligación permite a las empresas que se encuentren en el supuesto antes mencionado contar con medios de defensa para evitar consecuencias legales, que pueden ir desde sanciones económicas, administrativas e incluso penales.

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