Registro REPSE, ¿qué pasa si es denegado?

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Las causas por las que se pudiera denegar el registro en el REPSE involucran desde errores en la carga de documentos; que no sean legibles o estén incompletos, hasta que las actividades a registrar no correspondan con las establecidas en la constancia de situación fiscal o en el objeto social...
registro repse denegado

Las personas físicas o morales que ofrezcan servicios u obras especializadas a terceros y para ello pongan a disposición del contratante trabajadores propios están obligados a formar parte del REPSE, el padrón público gestionado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Los requisitos imprescindibles para el registro son:

  • Demostrar el carácter especializado de las actividades susceptibles a registrar, así como de la persona física o moral.
  • Contar con sus obligaciones ante el SAT, IMSS e INFONAVIT al corriente.

 

Sin embargo, puede darse el caso de que la autoridad detecte alguna anomalía, inconsistencia en los datos o incumplimiento de las obligaciones, lo que puede propiciar que el registro ante el padrón sea denegado.

Las causas por las que se pudiera denegar el registro en el REPSE involucran desde errores en la carga de documentos; que no sean legibles o estén incompletos, hasta que las actividades a registrar no correspondan con las establecidas en la constancia de situación fiscal o en el objeto social. Sin mencionar el incumplimiento de las obligaciones fiscales o de seguridad social.

La autoridad permite tramitar nuevamente el registro, una vez que esté resuelta la irregularidad, anomalía o inconsistencia haya sido resuelta por el interesado. Es importante mencionar que el registro en REPSE tiene una vigencia de 3 años y la persona física o moral deberá mantenerlo actualizado para continuar ofreciendo los servicios y las obras especializadas contratadas.

Un aspecto a considerar es que la STPS puede cancelar el registro por diversos motivos, entre otros:

“…prestar servicios que no estén registrados o que estos, formen parte del objeto social o actividad preponderante de la contratante…”

“…se acredite la existencia de adeudos firmes por créditos derivados por obligaciones fiscales o de seguridad social…”

“…dejar de cumplir con los requisitos del registro…”

“…transgredir la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación…”

En caso de que la autoridad detecte algún motivo para cancelar el registro REPSE, notificará a la persona física o moral para que manifieste lo que a su derecho convenga en un plazo de 5 días hábiles.

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