¿Cómo revisar las listas negras del SAT?

La reforma de este año no solo busca recaudar, sino limpiar las cadenas de suministro.
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Las Listas Negras del SAT son registros públicos donde la autoridad fiscal expone a los contribuyentes que presentan irregularidades graves en su situación fiscal. Estar en estas listas, o incluso tener un proveedor que lo esté; puede congelar las operaciones comerciales e invalidar deducciones.

Para revisar correctamente el estatus de un contribuyente, primero debemos entender que existen dos listados principales con implicaciones diferentes:

  • Listado del Artículo 69 (Contribuyentes Incumplidos): aquí aparecen quienes tienen adeudos fiscales firmes, están no localizados en su domicilio, o tienen sentencias por delitos fiscales. El SAT ha integrado una mayor coordinación con entidades financieras para detectar de forma automática a quienes omiten declaraciones
  • Listado del Artículo 69-B (Operaciones Inexistentes): Incluye a las EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas). Al comprar una factura de esta lista, el contribuyente se convierte automáticamente en un EDOS (Empresa que Deduce Operaciones Simuladas), lo que puede escalar a un delito de defraudación fiscal

La consulta es pública y gratuita a través del portal oficial del SAT:

  1. Ingresa al Portal del SAT: ve a la sección de «Otros trámites y servicios»
  2. Localiza la opción de «Consultas»: busca el apartado «Consulta de contribuyentes incumplidos» (Art. 69) o «Relación de contribuyentes con operaciones inexistentes» (Art. 69-B)
  3. Descarga el Listado Global: la autoridad pública archivos en formato Excel o CSV que contienen el RFC, nombre o razón social y el estatus (Presunto, Desvirtuado o Definitivo)
  4. Búsqueda Individual: también puedes utilizar la herramienta de búsqueda por RFC directamente en la plataforma para verificar a un proveedor específico antes de realizar un pago

La reforma de este año no solo busca recaudar, sino limpiar las cadenas de suministro. Estos son los cambios que impactan directamente la revisión de listas:

  • Plazos de corrección estrictos: si tu proveedor cae en la lista de «Definitivos», solo cuentas con 30 días hábiles para acreditar ante el SAT que el servicio o bien realmente se entregó (materialidad) o, en su defecto, corregir tu situación fiscal eliminando la deducción
  • Sanciones agravadas: el uso de comprobantes de empresas listadas puede acarrear multas de entre el 55% y 75% del monto de cada factura, además de riesgos penales si se detecta sistematicidad
  • Restricción de CSD: el SAT ha automatizado la suspensión de certificados de sellos digitales para quienes tengan operaciones con empresas en el 69-B y no se hayan autocorregido, impidiéndoles facturar de inmediato
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