Límites en efectivo para cumplir con la Ley Antilavado

Con relación al artículo 32 de la LFPIORPI, se aplican restricciones para realizar pagos en efectivo con la moneda nacional, así como metales preciosos u otras divisas
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ACTUALIZADO AL 2026

El SAT cuenta con una lista específica de operaciones junto con sus límites de pago en efectivo y metales preciosos. En caso de exceder la cantidad establecida, se podrán aplicar sanciones.

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida simplemente como la Ley Antilavado, fue promulgada en 2012 con el objetivo de estabilizar las operaciones económicas propensas a ser captadas de forma ilícita. Con relación al artículo 32 de la LFPIORPI, se aplican restricciones para realizar pagos en efectivo con la moneda nacional, así como metales preciosos u otras divisas.

Dicha ley entró en vigor a partir del año 2013, y desde entonces se ha utilizado para regular las operaciones económicas y combatir al crimen organizado, terrorismo y cualquier otra actividad ilícita que pueda realizar operaciones en efectivo.

El artículo 17 de la LFPIORPI indica que los sujetos que realicen actividades como compra y venta de inmuebles, vehículos (terrestres, aéreos y marinos), tarjetas de prepago, sorteos, juegos, concursos, joyas, obras de arte y operaciones realizadas por intermediarios, deberán inscribirse en el Padrón de Prevención de Lavado de Dinero.

En dicho portal, el contribuyente puede acceder a la información necesaria para cumplir con la LFPIORPI, así como sus otras regulaciones; como acceder al Sistema del Portal en Internet por el cual puede realizar el trámite de registro y alta, y presentar los informes y avisos correspondientes.

Tanto el SAT como esta ley, establecen una cantidad de límite de pago en efectivo y metales preciosos en las operaciones:

  • Inmuebles: el uso de efectivo de estas operaciones tiene un límite de $9,387,732.75
  • Renta: el uso de efectivo aplica para renta de vehículos, bienes inmuebles o servicios de blindaje es de $376,565.10
  • Relojes o joyas: el límite de uso de efectivo es de $376,565.10
  • Vehículos: cualquier tipo de vehículo, ya sea terrestre, marino o aéreo tiene un límite de uso de efectivo de $376,565.10
  • Blindaje de inmuebles o vehículos: el límite máximo para actividades de blindajes es de $376,565.10
  • Compra y venta de acciones: generalmente se realizan por medio de transferencias, sin embargo, algunas personas recurren al efectivo; el cual tiene un límite de $376,565.10
  • Apuestas, concursos y juegos: el límite de uso de efectivo es de $376,565.10, superando esta cantidad por medio de transferencia electrónica

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