Alerta SAT a empresas de paquetería y mensajería

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Las irregularidades fueron detectadas por el órgano fiscalizador, que encontró un aumento en las importaciones de adornos de casa, bisutería, ropa, utensilios de cocina, electrónicos, juguetes, entre otros...
SAT alerta a empresas de paquetería

Por medio de un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria reportó practicas indebidas por parte de empresas de paquetería y mensajería a través de la importación de diferentes mercancías que omiten la obligación del pago del Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto General de Importación.

Impuesto al Valor Agregado

Este impuesto indirecto impone el consumo final de servicios y productos realizados ya sea en territorio nacional o en el extranjero. Las personas físicas y morales que importen bienes o servicios en territorio nacional están obligadas a realizar su pago.

Impuesto General de Importación

Este tipo de impuesto puede ser:

  • Ad valorem: se expresa por medio de términos porcentuales de acuerdo con el valor de la mercancía impuesto en aduana
  • Específicos: se expresa por medio de términos monetarios correspondiente a la unidad de medida
  • Mixtos: se refiere a una combinación de los dos tipos anteriores

Las irregularidades fueron detectadas por el órgano fiscalizador, que encontró un aumento en las importaciones de adornos de casa, bisutería, ropa, utensilios de cocina, electrónicos, juguetes, entre otros. Entre las empresas que se encargan de realizar estas importaciones se encuentran; plataformas de comercio electrónico, empresas dedicadas a la venta por internet, consignatarios y empresas de paquetería y mensajería que al incumplir con el pago de impuestos e incumplir con restricciones y regulaciones podrían cometer el delito de defraudación fiscal y contrabando.

Esta información está respaldada en la publicación anticipada de la Primera Modificación al Anexo 5 correspondiente a las Reglas Generales de Comercio Exterior del presente año, donde se reconocen a las operaciones que alteran al comercio exterior como prácticas indebidas:

  • Participar de forma directa o indirecta, asistir, ayudar, colaborar, contribuir, cooperar o auxiliar para la aplicación indebida del despacho de mercancías por medio de empresas de paquetería y mensajería; omitir del pago de IVA e IGI, así como no describir o describir de forma incorrecta los productos.
  • Manipular pedidos previstos para ser enviados en el mismo día, semana o mes; dividiéndolos en paquetes individuales, en los que se subvalúa el valor del pedido, con el fin de que cada paquete no supere los 50 dólares estadounidenses.
  • Asesorar, prestar servicios, aconsejar o participar en la implementación o realización de cualquiera de las prácticas mencionadas anteriormente.

Las acciones de fiscalización realizadas por el SAT tienen el objetivo de mejorar la vigilancia y así evitar las prácticas mencionadas; por otra parte, la autoridad invita a las empresas del mismo giro a realizar sus operaciones bajo lo establecido por la ley para evitar el perjuicio al fisco legal.

 

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