
Por medio de un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria reportó practicas indebidas por parte de empresas de paquetería y mensajería a través de la importación de diferentes mercancías que omiten la obligación del pago del Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto General de Importación.
Impuesto al Valor Agregado
Este impuesto indirecto impone el consumo final de servicios y productos realizados ya sea en territorio nacional o en el extranjero. Las personas físicas y morales que importen bienes o servicios en territorio nacional están obligadas a realizar su pago.
Impuesto General de Importación
Este tipo de impuesto puede ser:
Las irregularidades fueron detectadas por el órgano fiscalizador, que encontró un aumento en las importaciones de adornos de casa, bisutería, ropa, utensilios de cocina, electrónicos, juguetes, entre otros. Entre las empresas que se encargan de realizar estas importaciones se encuentran; plataformas de comercio electrónico, empresas dedicadas a la venta por internet, consignatarios y empresas de paquetería y mensajería que al incumplir con el pago de impuestos e incumplir con restricciones y regulaciones podrían cometer el delito de defraudación fiscal y contrabando.
Esta información está respaldada en la publicación anticipada de la Primera Modificación al Anexo 5 correspondiente a las Reglas Generales de Comercio Exterior del presente año, donde se reconocen a las operaciones que alteran al comercio exterior como prácticas indebidas:
Las acciones de fiscalización realizadas por el SAT tienen el objetivo de mejorar la vigilancia y así evitar las prácticas mencionadas; por otra parte, la autoridad invita a las empresas del mismo giro a realizar sus operaciones bajo lo establecido por la ley para evitar el perjuicio al fisco legal.