
En México, se cuenta con un beneficio que se otorga a la creación de las artes visuales, la danza, la música, el teatro y en la edición y publicación de obras literarias nacionales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2021, el EFIARTES tiene su fundamento legal en la Ley del Impuesto sobre la Renta en el artículo 190 y en los Lineamientos de Operación emitidos por el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, para cada disciplina.
Dicho estímulo, es otorgado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y permite a los particulares (personas físicas y morales) aportar recursos a un proyecto de inversión y disminuir el monto del pago de su impuesto sobre la renta causado en el ejercicio. El monto de la aportación (por el cual se autorizará un acreditamiento en el pago del ISR) no puede ser mayor de 2 millones de pesos por contribuyente aportante y por proyecto de inversión, ni del 10% del ISR del contribuyente aportante en el ejercicio inmediato anterior.
Los contribuyentes interesados en aportar a dichos proyectos de inversión deberán registrarse presentando los siguientes requisitos:
PERSONAS MORALES:
PERSONAS FÍSICAS:
No obstante, es preferible consultar las disposiciones de los Requisitos Generales de los Contribuyentes Interesados para solicitar el EFIARTES, ya que ahí se detallan características y particularidades.
Puedes consultar el listado de proyectos susceptibles de autorización para la aplicación del EFIARTES, en el siguiente enlace: