En México, desde el año 2013 entró en vigor la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), cuyo objetivo es el regular los actos u operaciones económicas que pueden considerarse como propensos a la captación de recursos de procedencia ilícita.
¿Cuáles son las Actividades Vulnerables de acuerdo con la autoridad?
Están consideradas por el SAT como Actividades Vulnerables en el artículo 17 de dicha ley:
- Juegos y sorteos
- Emisión o comercialización de tarjetas de crédito, prepagadas y de servicios, que no sean emitidas por entidades financieras
- Servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles
- Donativos
- Comercialización de metales preciosos, joyas o relojes
- Activos virtuales que se lleven a cabo a través de plataformas electrónicas
Por mencionar algunas.
¿Qué obligaciones deben cumplir dichas empresas?
Dentro de las obligaciones que deben cumplir las empresas que formen parte de las mencionadas por la LFPIORPI está el integrar y conservar un expediente único de identificación de cada uno de sus clientes o usuarios, además de presentar los Avisos cuando la ley lo requiere.
Si deseas realizar el alta como Actividad Vulnerable ante el SAT, puedes hacerlo a través de la página oficial del Servicio de Administración Tributaria, o si lo deseas puedes hacerlo a través del siguiente enlace (debes contar con e.firma vigente):
https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/sppld.html