
Los patrones con un promedio anual de 300 trabajadores o más durante el ejercicio anterior, tienen como obligación presentar el Dictamen para Efectos del Seguro Social, este es un documento elaborado por un contador público autorizado que debe entregarse al Instituto Mexicano del Seguro Social.
El patrón que realice el dictamen podrá obtener beneficios de acuerdo con el artículo 173 del RACERF, los cuales son:
A)Que el dictamen correspondiente se haya concluido y presentado.
B)Que los avisos afiliatorios y las modificaciones salariales derivados del dictamen se hubieran presentado por el patrón a través de los formatos o medios electrónicos dispuestos para ello.
C) Que las cuotas obrero-patronales a cargo del patrón, derivadas del dictamen, se hubiesen liquidado en su totalidad o se haya vencido el plazo de doce meses para el pago en parcialidades.
Por otra parte, quienes no tengan la obligación de dictaminar, pero decidan hacerlo de forma voluntaria también contarán con los siguientes beneficios: