Gran parte del comercio mundial se realiza entre empresas del mismo grupo, que se transfieren bienes, servicios, financiamiento y activos intangibles, tanto dentro de un mismo país como entre países con sistemas fiscales muy distintos. Por eso las autoridades revisan con más atención cómo se fijan los precios en esas operaciones. Los precios de transferencia son el tema que regula esta situación.
En México, la regla es clara: quien celebra operaciones con partes relacionadas debe determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas con los precios y montos de contraprestaciones que habrían pactado partes independientes en operaciones comparables. A esto se le conoce como principio de plena competencia.
¿Qué son los precios de transferencia?
Son los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad que se pactan en operaciones entre partes relacionadas. Las partes pueden ser residentes en México o en el extranjero. Si esos valores no reflejan condiciones de mercado, se pueden trasladar utilidades de una empresa a otra y reducir de forma indebida la base del impuesto, por lo que la autoridad puede ajustarlos.
¿Quiénes están obligados en materia de precios de transferencia?
Están obligados los contribuyentes que realizan operaciones con partes relacionadas, nacionales o extranjeras. El fundamento principal se encuentra en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en los artículos 76 (fracciones IX, X y XII), 76-A, 179 y 180.
La ley contempla una excepción para contribuyentes pequeños. No están obligados a obtener la documentación comprobatoria:
- Quienes realizan actividades empresariales y cuyos ingresos del ejercicio inmediato anterior no excedieron de $13,000,000.
- Quienes prestan servicios profesionales y cuyos ingresos del ejercicio inmediato anterior no excedieron de $3,000,000.
Esta excepción no aplica en estos casos:
- Operaciones con residentes en el extranjero ubicados en regímenes fiscales preferentes (artículo 179 de la LISR).
- Contratistas o asignatarios en términos de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Aunque tu empresa quede dentro de la excepción, conviene revisar cada ejercicio si sigues cumpliendo las condiciones, porque un cambio en tus ingresos o en el tipo de operaciones puede hacerte caer en la obligación.
¿Qué documentación de precios de transferencia se debe tener?
La obligación central es obtener y conservar la documentación comprobatoria que demuestre que los ingresos y las deducciones por operaciones con partes relacionadas se determinaron conforme a precios de mercado. En la práctica, esta documentación se conoce como estudio de precios de transferencia. Debe incluir, entre otros elementos:
- Las funciones realizadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por el contribuyente y por sus partes relacionadas.
- El análisis de comparabilidad y el método aplicado, conforme al artículo 180 de la LISR y en el orden que establece.
- El detalle de los ajustes aplicados para mejorar la comparabilidad, por cada operación y por cada parte relacionada.
Además del estudio, un buen cumplimiento suele incluir:
- Elaboración del estudio de precios de transferencia.
- Análisis previo para implementar nuevas operaciones con partes relacionadas, nacionales o extranjeras.
- Análisis de la rentabilidad de las empresas del grupo.
- Revisión preliminar de las operaciones intercompañía.
Declaraciones informativas relacionadas
Aparte del estudio, existen obligaciones de información ante el SAT:
- Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas (Anexo 9 de la DIM).
- Declaraciones informativas del artículo 76-A: maestra, local y país por país, que aplican a los contribuyentes que el propio artículo señala.
Las fechas límite de presentación se ajustan por ejercicio, así que es importante revisar el calendario vigente al cerrar cada año.
Es esencial recordar
- El objetivo de las reglas de precios de transferencia es demostrar que los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas se determinaron con los precios o montos que habrían utilizado partes independientes en operaciones comparables.
- Un análisis correcto y bien documentado protege al contribuyente: le da una herramienta confiable para sustentar el cumplimiento del principio de plena competencia ante la autoridad.
- Conviene revisar cada ejercicio si tu empresa cae en la obligación.
- Incumplir puede generar multas conforme al Código Fiscal de la Federación (por ejemplo, no identificar en la contabilidad las operaciones con partes relacionadas) y ajustes por parte de la autoridad.