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¿Cómo presentar la Declaración Informativa sobre Situación Fiscal?

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El SAT cuenta con un programa diseñado para el llenado y la entrega de esta documentación; esta se encuentra de forma gratuita en línea para facilitar la captura de la declaración, a la cual se puede acceder en cualquier momento...
declaración informativa sobre situación fiscal

El articulo 32-H del Código Fiscal de la Federación señala que un grupo selecto de contribuyentes tienen la obligación de presentar la Declaración Informativa sobre Situación Fiscal (ISSIF), haciendo uso de los medios y formatos que facilite el Servicio de Administración Tributaria.

El SAT cuenta con un programa diseñado para el llenado y la entrega de esta documentación; esta se encuentra de forma gratuita en línea para facilitar la captura de la declaración, a la cual se puede acceder en cualquier momento.

El grupo de contribuyentes en específico que debe presentar la ISSIF, cuenta con las siguientes características:

  • Quienes hayan consignado ingresos acumulables superiores a $974,653,950.00
  • Que al cierre del ejercicio inmediato anterior cuenten con acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.
  • Las sociedades del régimen fiscal opcional dirigido a grupos de sociedades.
  • Las entidades paraestatales que pertenecen a la administración pública.
  • Las personas morales residentes en el extranjero que cuenten con establecimiento permanente en el país.
  • Las personas morales con residencia en México, respecto de las operaciones con residentes en el extranjero.

Adicional a esto, el aplicativo ISSIF cuenta con diferentes plantillas para el llenado de información:

  1. Personas Morales en General.
  2. Instituciones de Crédito.
  3. Grupos Financieros.
  4. Intermediarios Financieros No Bancarios.
  5. Casas de Bolsa.
  6. Casas de Cambio.
  7. Instituciones de Seguros y Fianzas.
  8. Fondos de Inversión.
  9. Sociedades Integradoras e Integradas.
  10. Establecimientos Permanentes.
  11. Régimen de los Coordinados.
  12. Régimen de Actividades Agrícolas como Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.
  13. Personas morales con fines no lucrativos.

Las personas físicas con actividades empresariales pueden optar por dictaminar sus estados financieros, al igual que las personas morales con ingresos acumulables superiores a $140,315,940.00 obtenidos durante el ejercicio inmediato anterior.

En caso de encontrar diferencias de impuestos a pagar, deberán presentarse como declaración complementaria en las instituciones autorizadas en un plazo de diez días posteriores a la fecha de presentación del dictamen.

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